8000 muertes al día

No, no me refiero a ninguno de los múltiples desastres cotidianos de nuestro mundo, sino a los usuarios de Facebook que mueren cada día, según estimaciones de un  estudio del que se hizo eco un reportaje de BBC-Future del marzo pasado. Facebook se está convirtiendo en un enorme cementerio cuyo número de residentes crece rápidamente. En el año 2012, apenas ocho años después de ser creado, ya habían muerto 30 millones de usuarios y por pura biología este número no para de aumentar. Si continúa así algún día tendrá más usuarios muertos que vivos.

Hablar de usuarios muertos no tiene mucho sentido pero cabe la posibilidad que una persona difunta continúe «viva» a los ojos de los demás miembros de la red, los cuales pueden continuar enviándole invitaciones, comentarios o felicitaciones de cumpleaños. Si la empresa que da el servicio desconoce el óbito, basta con que un individuo tenga la contraseña del difunto para que la cuenta de que éste pueda continuar operando «normalmente» de forma indefinida.

Esta suplantación puede hacerse con la intención de engañar pero también puede ocurrir que el titular legítimo, antes de morir, ceda de manera formal o informal su «patrimonio» en la red a otra persona, con la intención de que esta suerte de «albacea digital» comunique el fallecimiento a los miembros de la red. También puede desear que la persona designada continúe su obra aparentando que está vivo o simplemente quiere, en momentos posiblemente difíciles, ceder el control de las cuentas digitales para que alguien de confianza los administre de la manera que juzgue más adecuada, sin excluir su continuidad. Al fin y al cabo, si una persona lega en herencia sus bienes a otra, se puede razonablemente pensar que esto también incluye su patrimonio digital personal, por muy en la nube que esté.

Cabe la posibilidad que el testamento incorpore dicho patrimonio digital, pero en general no está claro que esto se pueda hacer ni que las cuentas en la nube sean propiedades que se puedan dejar en herencia como las monetarias y materiales. En el estado de Delaware, en Estados Unidos, lo tienen estudiado y aparentemente resuelto. Una ley permite tratar las cuentas de Internet de un difunto como si fueran una herencia normal y designar al albacea que tendrá acceso, con los mismos derechos que tenía el propietario anterior o el creador de la cuenta (puestos a especular, ¡quizás en el futuro las cuentas digitales se heredarán durante generaciones!).

Ceder cuentas de usuario, sin embargo, va en contra de lo que generalmente establecen los proveedores, que en la letra pequeña incluyen la condición de que ni cuenta ni contenido son transferibles cuando muere el propietario. Las claúsulas de los agreements de servicio que el usuario acepta cuando pulsa «he leído las condiciones y acepto» (esta debe de ser, con mucho, la mentira más frecuente en Internet) comprometen a que el acceso y la modificación de los contenidos sólo la pueda hacer la persona que creó la cuenta. Estos proveedores de servicios consideran que la cuenta es una especie de extensión virtual del individuo que la solicita, de manera que los derechos en relación a esta se extinguen a la muerte del titular y no son transferibles. Así que las últimas voluntades digitales pueden contravenir los acuerdos de prestación de servicios que los proveedores imponen unilateralmente.

En dichas cláusulas puede constar que el proveedor del servicio tiene el derecho a bloquear la cuenta o a cancelar sus contenidos en caso de fallecimiento del usuario que la ha creado, o bien que la única acción permitida a terceros sea borrar la cuenta del fallecido. Es perfectamente posible que el heredero de los passwords —aunque sea del todo bien intencionado y fiel cumplidor de la voluntad de la persona difunta— esté cometiendo una infracción cuando las condiciones del prestador de servicios no admiten la cesión de cuentas, en vida o post-mortem. Se podría llegar a considerar que esto constituye una suplantación de identidad dolosa y entrar en un proceso judicial. Si, por ejemplo, la pareja del fallecido mantiene activa la cuenta de éste, ¿está cometiendo un robo de identidad? Aparte de que sea ético o no, ¿constituye un delito? Es obvio pues que hay mucho trabajo legal por delante en este ámbito.

Las personas que mueren sin hacer testamento son capítulo aparte. De ellas ni siquiera se sabe formalmente cuál era su voluntad. ¿Habrían querido borrar sus cuentas de Internet o quizás les gustaba la idea de que sus contenidos fueran presentes en la red de forma indefinida? Quizás hubieran querido que pasaran a formar parte de una colección o que fueran administrados por otro usuario. No hay manera de saberlo.

Un artículo de la revista digital FastCompany —con el inquietante subtítulo Google cares about you, now, and in death (Google se preocupa de ti, ahora y en la muerte)­— anunciaba hace un tiempo la puesta en marcha de la funcionalidad Inactive Account Manager para permitir a los usuarios decidir qué se hará con sus cuentas una vez ya no estén. Con este servicio blogs, álbumes de fotos, cuentas, etc. se pueden borrar o transferir a quien haya designado el usuario fallecido, al tiempo que se envían las notificaciones adecuadas a los usuarios y contactos previamente relacionados.

Muchos perfiles de Facebook informan del traspaso de su titular por medio de la etiqueta «en recuerdo de» (remembering) y dejan de aparecer en espacios públicos como «gente que tal vez conoces» o en recordatorios de cumpleaños. Se dice entonces que la cuenta es “conmemorativa” (memorialised). Esto sucede cuando el fallecimiento se comunica a los gestores de Facebook de manera fehaciente, con un certificado o una noticia del óbito, pero el procedimiento no es del todo fiable pues facilita que los hackers de cuentas puedan divertirse haciendo que se declaren como memorialised cuentas de usuarios que en realidad están vivos.

Todo esto no son sino pinceladas de problemáticas relacionadas con la muerte de los titulares de los identificadores, comunes a los servicios de correo electrónico y a redes sociales como Twitter, Pinterest, Instagram, Tumblr, LinkedIn, etc. Se trata de nuevos ámbitos de incertidumbre y conflicto que requieren directivas internacionales sobre la presencia de personas fallecidas en el universo digital. Pretender encauzar estos asuntos con legislaciones a nivel estatal probablemente cause más perjuicios que beneficios en caso de conflictos, porque el asunto es internacional por naturaleza y además tremendamente complejo. Una muestra de ello es el artículo Digital Will [Testamento digital, consultado el 25 de mayo de 2016] de la Wikipedia en inglés. Entre las orientaciones que da para la buena muerte digital, dejar arreglados los asuntos y evitar complicaciones a los sucesores, cita precisamente nombrar a alguien como ejecutor digital y proporcionarle la lista de servicios y passwords de acceso, lo que puede estar prohibido por el proveedor o que en todo caso debe llevarse a cabo mediante el protocolo que este señale.

La muerte en Internet tiene muchas vertientes. Requiescat in pace (que descanse en paz) era hasta hace poco una expresión reservada a lápidas y esquelas mortuorias. Ahora #RIP es un hashtag bastante popular en la red, a menudo acompañado de un sufijo que designa la persona difunta. Un ejemplo muy reciente es #RIPPrince. Otra vertiente es la transmisión de funerales por streaming. Como señala un artículo de The Atlantic, a medida que la gente vive lejos de familiares y amigos, está viajando o se halla demasiado ocupada para dejar el trabajo y participar en la ceremonia fúnebre, esta es una posibilidad que gana practicantes, máxime cuando se puede dejar constancia de la expresión del sentimiento en un libro de condolencias virtual.

A medida que la imaginación se desata y la sociedad se aparta o libera de normas y restricciones tradicionales, van emergiendo nuevos espacios y funciones para las herramientas de la modernidad. Así, quizás pronto, cuando vayamos a un funeral sea obligado hacerse unas selfies de recuerdo. De esto ya hay ejemplos famosos, como el de Obama, Cameron y Helle Thorning-Schmidt (primera ministra de Dinamarca), todos autoretratándose risueños en un acto en homenaje a Nelson Mandela, junto a una Michelle Obama que los ignora olímpicamente. En honor a la verdad hay que decir que no era exactamente un funeral, sino un acto de Estado.

Como las selfies ya son omnipresentes, posiblemente vamos en camino de remachar el clavo adoptando la costumbre de hacernos una selfie con el ataúd del difunto (abierto o cerrado, según preferencias o normas de etiqueta). Acto seguido, sin perder ni un momento, la colgaremos en Twitter sin olvidarnos de poner el hashtag #RIP. Con ello ya habremos cumplido y podremos encarar otros asuntos. De todos modos la expresión de luto será más genuina y efectiva si en recuerdo del difunto nos entretenemos un momento más para decir a nuestros seguidores que, por favor, hagan retweet para acompañar en el sentimiento a familiares y amigos.

Un buen eslogan de los nuevos tiempos podría ser: Si estás de duelo, ¡tuitea!

Ferran Ruiz Tarragó

@frtarrago

Notas: Serán bienvenidas las notícias, comentarios, sugerencias y refutaciones en relación a los temas de este post. Gracias anticipadas.

Anuncio publicitario

Un comentario en “8000 muertes al día

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s